Thursday May 23 , 2013

Jurisprudencia

Decisión de la CIDH del 28/11/2012 y la interrupción voluntaria del embarazo

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La decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 28/11/2012 y la interrupción del embarazo. Autoras: Kemelmajer de Carlucci*, Aída; Herrera, Marisa** y Lamm, Eleonora***

Cita: MJ-MJN-68565-AR, 6 de febrero de 2013

Casi al finalizar el año 2012, un hito altamente significativo se ha producido en el ámbito de los derechos reproductivos. Ha hablado la Corte Interamericana de Derechos Humanos. No se trata de una voz más, sino de la expresión más autorizada de la región, obligatoria para todos los Estados que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos.

Se trata del caso "Artavia Murillo y otros c/ Costa Rica" . En 1997, el Poder Ejecutivo de Costa Rica reguló la práctica de la fecundación in vitro (FIV); en el año 2000, el decreto del Ejecutivo fue declarado inconstitucional por la Sala Constitucional de ese país; ese tribunal consideró que los embriones in vitro tienen derecho a la vida, y la FIV, de manera consciente y voluntaria, causa una elevada pérdida de embriones, incompatible con ese derecho a la vida. El resultado de esa decisión judicial fue la prohibición de la práctica. En 2001, un grupo de personas se presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión sostuvo que la prohibición costarricense constituía una injerencia arbitraria en los derechos a la vida privada, a la vida familiar, al derecho a conformar una familia, y una violación al derecho de igualdad. Por lo tanto, recomendó a Costa Rica levantar la prohibición de la FIV y asegurar que la futura regulación sea acorde con la Convención. Ante el incumplimiento de la recomendación, luego de tres prórrogas, el 29/07/2011, la Comisión sometió el caso a la jurisdicción de la Corte. El 28/11/2012, ese tribunal condenó a Costa Rica; dijo que prohibir la fertilización in vitro viola el derecho a la privacidad, a la libertad, a la integridad personal, a la no discriminación y el derecho a formar una familia.

La Corte ratificó, pues, que el acceso a la reproducción humana asistida debe estar garantizado legalmente, pero fue más allá, ya que al analizar el art. 4.1 de la Convención y la naturaleza del embrión, ingresó en un terreno sensible y necesario para América Latina, como es la interrupción del embarazo.

 

Descargar el fallo aqui

 

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Derecho de toda persona a la salud física y mental

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Asamblea general de Naciones Unidas

El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental

El Secretario General tiene el honor de transmitir a la Asamblea General el informe provisional preparado por Anand Grover, Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, de conformidad con las resoluciones 15/22 y 6/29 del Consejo de Derechos Humanos.

DESCARGAR el informe completo

 

UN’S HUMAN RIGHTS COMMITTEE RULING – CASE OF LMR

We want to make public our satisfaction regarding the ruling made by the UN’s Human Rights Committee embracing the demand of the young woman LMR in relation to a human rights violation lawsuit. This lawsuit aroused when access to interrupt pregnancy was denied in a case contemplated by article 86, paragraph 2 of the Penal Code. This case was filed against the Argentine State in 2007 and was supported by CLADEM Argentina, INSGENAR, and CDD Argentina.

   

Guía Tecnica para la atención integral de abortos no punibles

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El Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable tiene como propósito promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia social así como contribuir a mejorar la estructura de oportunidades en el campo de la salud sexual y reproductiva. Con ese fin, el Programa se ha propuesto promover acciones transformadoras de la realidad que mejoren el acceso a servicios integrales de salud sexual y reproductiva en un marco de respeto de los derechos sexuales y reproductivos.

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Tribunal de Menores Nº 1- Mar del Plata (14-02-2007)

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O. M. V. S Víctima de Abuso Sexual –Solicitud de Aborto

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Un desafío para las Políticas Públicas.  Esta publicación es un aporte desde el campo jurídico para generar debate y transformaciones que permitan efectivizar los derechos de las mujeres, sin avasallar su autonomía y libertad de conciencia.

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